Artículo 1114 del Código Civil de Morelos
PRESUNCION DE USUFRUCTO VITALICIO
Libro cuarto. De los bienes de los derechos reales · Titulo quinto. Del usufructo, del uso de la habitacion · Capitulo I. Del usufructo en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Es vitalicio el usufructo si en el título constitutivo no se expresa lo contrario.