Artículo 1687 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título cuarto. De la posesión · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Los actos realizados con la tolerancia o condescendencia ajena no pueden servir de fundamento a la adquisición de la posesión, ni afectan a la posesión del que los tolera, quien puede hacerlos cesar en cualquier momento.