Artículo 1813 del Código Civil de Coahuila
Libro quinto. De los hechos, los actos y los negocios jurídicos · Título segundo. De los actos jurídicos nominados que generan obligaciones · Capítulo I. De la gestión de los negocios ajenos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El gestor responde de los daños y perjuicios que por su culpa, negligencia o dolo se irroguen al dueño de los bienes o negocios que gestione.