Artículo 2515 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo X. Mandato · Sección séptima. Gestión de negocios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El gestor que intervenga en un negocio contra la voluntad expresa del dueño es responsable de los daños y perjuicios que se causen, con excepción de los que provengan de fuerza mayor o caso fortuito.