Artículo 1963 del Código Civil de Coahuila
Libro quinto. De los hechos, los actos y los negocios jurídicos · Título tercero. De los negocios jurídicos · Capítulo III. De los elementos de validez del negocio jurídico · Sección segunda. De los vicios de la voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El dolo incidental no afectará la validez del negocio; pero el que lo cometa debe indemnizar cualquier daño que cause al respecto.
Es dolo incidental el que no fue causa determinante del negocio jurídico.