Artículo 2340 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título tercero. De los efectos de las obligaciones entre las partes · Capítulo II. Del incumplimiento de las obligaciones · Sección segunda. Del saneamiento por causa de evicción y por los vicios ocultos · Subsección segunda. Del saneamiento por los vicios ocultos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
En los casos a que se refiere el artículo 2338 el adquirente tiene derecho:
I.A exigir la rescisión del contrato y el pago de los gastos que por él hubiere hecho; o
II.A que se le rebaje una cantidad proporcionada de la prestación que hubiere dado, a
juicio de peritos.