Artículo 2391 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título sexto. De la transmisión de las obligaciones · Capítulo I. De la cesión de derechos · Sección primera. De la cesión ordinaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
La cesión de derechos por el acreedor no requiere el consentimiento del deudor.