Artículo 2434 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título sexto. De la transmisión de las obligaciones · Capítulo II. De la subrogación · Sección primera. De la subrogacion personal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
La subrogación legal se verifica por ministerio de la ley, sin necesidad de declaración alguna de los interesados.