CCCOAH · Art. 2481

Artículo 2481 del Código Civil de Coahuila

Libro sexto. De las obligaciones · Título séptimo. De la extinción de las obligaciones · Capítulo II. De la confusión de derechos

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

Lo dispuesto en el artículo anterior se observará cuando el contrato se rescinda por cualquier causa; pero subsistirán las obligaciones primitivas con las accesorias, tengan éstas o no el mismo deudor que aquéllas.

Leer de corridodentro de Capítulo II. De la confusión de derechos

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
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Cómo citar

Artículo 2481, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2481/

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