Artículo 3118 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimotercero. Del contrato de transporte
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El porteador debe declarar los defectos del medio de transporte, y es responsable por los daños y perjuicios que resulten si omite hacer esta declaración.