Artículo 3294 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo I. De la fianza · Sección VII. De los efectos de la fianza entre el fiador y el deudor
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si el acreedor dentro de treinta días contados desde la fecha en que se le haga el requerimiento, no demanda al fiado ni al fiador, éste queda libre de su obligación como fiador.