Artículo 3371 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo II. De la prenda · Sección II. De los derechos y obligaciones del acreedor prendario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si el propietario del bien empeñado lo enajenare, la obligación de éste se transmite al adquirente, quien sólo podrá exigir su entrega pagando el importe de la obligación garantizada, más intereses y gastos.