Artículo 3551 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título vigesimo primero. De las sociedad civil · Capítulo IV. De la disolución de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
La sociedad se disolverá:
I.Por consentimiento unánime de los socios.
II.Por haberse cumplido el plazo prefijado a la sociedad.
III.Por la realización completa del fin social, o por haberse vuelto imposible la consecución del objeto de la sociedad.
IV.Por resolución judicial