Artículo 3587-12 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título vigésimo primero bis. De la sociedad de convivencia · Capítulo III. De los derechos de los convivientes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
En los supuestos de los artículos 3587- 9, 3587- 14, 3587-17 y 3587-19, de este Código se aplicarán, en lo relativo, las reglas generales previstas en el mismo.