Artículo 16 del Código Penal de Coahuila
Lugar de comisión del delito y principio de ubicuidad
Libro Primero. Disposiciones generales · Título Primero. La ley penal · Capítulo Primero. Aplicación espacial de la ley penal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026
El delito instantáneo se comete donde se concreten los elementos de su tipo penal, aunque sea en lugares distintos.
El delito continuado se comete donde se concreten los elementos típicos de las conductas que lo constituyan, aunque sea en lugares distintos.
El delito permanente se comete donde se realicen y sigan realizando la conducta o la afectación al bien jurídico protegido en el tipo penal de que se trate, aunque sea en lugares distintos.