Artículo 20 del Código Penal de Coahuila
Modificación de penas antes de sentencia
Libro Primero. Disposiciones generales · Título Primero. La ley penal · Capítulo Segundo. Aplicación temporal de la ley penal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026
Cuando antes de sentencia ejecutoriada, una ley o reforma modifique la pena en cantidad o calidad, el juez o tribunal aplicará la más favorable.
Si conforme a los marcos punibles de sanciones de igual naturaleza, contemplados en todas las normas en sucesión, no es posible determinar cuál es el más favorable, el juez o tribunal se estará como marco punible, al mínimo punible menor con el máximo punible menor, de todas las normas en sucesión.
Si una nueva ley o reforma cambia la naturaleza de la pena, el juez o tribunal, antes de imponer pena, informará de ello a la persona sentenciada, y si ésta lo pide previa consulta con su defensor, aquél impondrá la pena solicitada.