Artículo 23 del Código Penal de Coahuila
Autoridades competentes para aplicar la norma más favorable
Libro Primero. Disposiciones generales · Título Primero. La ley penal · Capítulo Segundo. Aplicación temporal de la ley penal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026
La autoridad no judicial o judicial que esté conociendo de la investigación o del proceso penal en cualquier tiempo, etapa, grado o instancia de los mismos, o bien el juez de ejecución penal, aplicarán de oficio o a petición de parte, la norma más favorable a la persona imputada o sentenciada.