Artículo 67 del Código Penal de Coahuila
Concurso ideal y real de delitos
Libro Primero. Disposiciones generales · Quinta Parte. Persecución de los delitos culposos · Título Tercero. Formas de aparición del delito · Capítulo Segundo. Concurso de delitos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026
Hay concurso ideal de delitos, cuando con una sola acción o una sola omisión se cometen varios delitos.
Hay concurso real de delitos, cuando con pluralidad de acciones u omisiones se cometen varios delitos.
No hay concurso de delitos cuando las conductas constituyan un delito continuado o plurisubsistente.
Para la punibilidad del concurso de delitos y el delito continuado, se estará a lo dispuesto en el Capítulo Tercero del Título Quinto del Libro Primero, de este código.