Artículo 1144 del Código Civil de Colima
Libro segundo. De los bienes · Titulo septimo. De la prescripción · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
La Unión, el Estado, en sus casos, así como los ayuntamientos y las otras personas morales, se considerarán como particulares para la prescripción de sus bienes, derechos y acciones que sean susceptibles de propiedad privada.