Artículo 1492 del Código Civil de Colima
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo cuarto. De la sucesión legítima · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Si el testador dispone legalmente sólo de una parte de sus bienes, el resto de ellos forma la sucesión legítima.