Artículo 2064 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte primera. De las obligaciones en general · Titulo cuarto. Efecto de las obligaciones I. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES Cumplimiento de las obligaciones · Capitulo I. De los actos celebrados en fraude de los acreedores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Es anulable todo acto o contrato celebrado en los treinta días anteriores a la declaración judicial de la quiebra o del concurso, y que tuviere por objeto dar a un crédito ya existente una preferencia que no tiene.