Artículo 2767 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimocuarto. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
El acreedor abusa de la cosa empeñada, cuando usa de ella sin estar autorizado por convenio, o, cuando estándolo, la deteriora o aplica a objeto diverso de aquél a que está destinada.