Artículo 957 del Código Civil de Colima
Libro segundo. De los bienes · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo VI. De la copropiedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
El propietario que quiera librarse de las obligaciones que impone el artículo anterior, puede hacerlo, renunciando a la copropiedad, salvo el caso en que la pared común sostenga un edificio suyo.