Artículo 1482 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo I. De la propiedad · Sección sexta. De la copropiedad · Subsección primera. De la medianería
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El copropietario que quiera librarse de las obligaciones que le impone el artículo anterior puede hacerlo renunciando a la medianería, salvo el caso en que la pared común sostenga un edificio suyo.