CPCOL · Art. 221 Ter

Artículo 221 Ter del Código Penal de Colima

Libro segundo. De los delitos en particular · Título octavo. Delitos contra la paz y la seguridad personal · Capítulo V. Acecho (adicionado decreto 156, p.o. núm. 87, 13 septiembre 2025)

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026

Se incrementarán al doble las penas que se señalan en el artículo anterior, cuando ocurran cualquiera de las circunstancias siguientes:

I.Cuando la conducta provenga de una persona mayor de edad en agravio de un menor o persona incapaz;

II.Cuando los actos se cometan en contra de una mujer que pertenezca a un grupo que por sus condiciones sea considerado vulnerable;

III.Cuando se cometa en razón de la orientación sexual, identidad de género, o expresión de género de la víctima;

IV.Cuando el sujeto activo se valga de una posición de poder o cualquier otra que implique subordinación con la víctima;

V.Cuando el sujeto activo tenga o haya mantenido una relación que implique confianza o cercanía con la víctima;

VI.Cuando se provoque que la víctima cambie su itinerario normal, número de teléfono, correo electrónico, perfiles de redes sociales o su lugar de residencia, estudio o de trabajo.

Leer de corridodentro de Título octavo. Delitos contra la paz y la seguridad personal

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Última reforma
(Periódico Oficial "El Estado de Colima")
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • (ADICIONADO DECRETO 156, P.O. NÚM. 87, 13 SEPTIEMBRE 2025)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 3 rótulos con erratas de captura ('BlS' con ele minúscula, 'BIS1', 'BIS. 2.', '2559.- BIS.') se leen como 'BIS', 'BIS 1', 'BIS 2', '2559 BIS.'; el texto del artículo no cambia.
  • 4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 117 artículos abren con su epígrafe ('ARTÍCULO 1. Aplicación del Código.', 'ARTÍCULO 32. Catálogo de penas. Las penas …'): se publica como epígrafe, sin el punto final; el texto conserva el resto del párrafo.
  • número de artículo repetido en la fuente: 30 (orden 30 y 31); el segundo se publica con clave '30-dup2'
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Dirección de Proceso Legislativo); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Dirección de Proceso Legislativo del H. Congreso del Estado de Colima») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO DEC. … P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.

Transitorios (4 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 221 Ter, Código Penal de Colima (Colima). Texto vigente, última reforma 10 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-221-ter/

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