Artículo 30 del Código Penal de Colima
Libro primero · Parte general · Título segundo. El delito · Capítulo IV. Concurso de delitos (reformado decreto 133, p.o. 22 noviembre 2016)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026
Para efectos de cuantificación de la multa, al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la consumación del delito, de la última conducta, en el delito continuado, y en el en que cesó la consumación en el permanente, se le denomina unidad.