Artículo 1054 del Código Civil de Durango
Libro segundo. De los bienes · Título sexto. De las servidumbres · Capítulo II. De las servidumbres legales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Servidumbre legal es la establecida por la ley, teniendo en cuenta la situación de los predios y en vista de la utilidad pública y privada conjuntamente.