Artículo 1104 del Código Civil de Durango
Libro segundo. De los bienes · Título sexto. De las servidumbres · Capítulo VIII. Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que esta constituida alguna servidumbre voluntaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
El uso y la extensión de las servidumbres establecidas por la voluntad de los propietarios, se arreglarán por los términos del título en que tengan su origen, y en su defecto, por las disposiciones siguientes.