Artículo 1063 del Código Civil de San Luis Potosí
Libro segundo. De los Bienes · Titulo sexto. De las Servidumbres · Capitulo VIII. Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que está constituida alguna Servidumbre Voluntaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 9 de octubre de 2026
El uso y la extensión de las servidumbres establecidas por la voluntad del propietario; se arreglarán por los términos del título en que tengan su origen, y, en su defecto, por las disposiciones siguientes: