Artículo 1065 del Código Civil de San Luis Potosí
Libro segundo. De los Bienes · Titulo sexto. De las Servidumbres · Capitulo VIII. Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que está constituida alguna Servidumbre Voluntaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 9 de octubre de 2026
El mismo tiene obligación de hacer a su costa las obras que fueren necesarias para que el dueño del predio sirviente no se le causen, por la servidumbre, más gravámenes que el consiguiente a ella; y por su descuido u omisión se causare otro daño, estará obligado a la indemnización.