Artículo 112 del Código Civil de Durango
Libro primero. De las personas · Título cuarto. Del registro civil · Capítulo VIII. De las actas de divorcio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Extendida el acta se anotarán las de nacimiento y matrimonio de los divorciados, y la copia de la sentencia mencionada se archivará con el mismo número del acta de divorcio.