Artículo 1765 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Título primero. Fuentes de las obligaciones · Capítulo II. De la declaración unilateral de la voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
La persona que ha sido desposeída injustamente de título al portador, sólo con orden judicial puede impedir que se paguen al detentador que los presente al cobro.