Artículo 2217 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies del contrato · Título cuarto. De las donaciones · Capítulo I. De las donaciones en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Es onerosa la donación que se hace imponiendo algunos gravámenes, y remunetoria (sic) la que se hace en atención a servicios recibidos por el donante y que éste no tenga obligación de pagar.