Artículo 226 del Código Civil de Durango
Libro primero. De las personas · Título quinto. Del matrimonio · Capítulo VII. De las donaciones antenupciales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Son aplicables a las donaciones antenupciales las reglas de las donaciones comunes, en todo lo que no fueren contrarias a este capítulo.