Artículo 194 del Código Penal de Durango
Libro segundo. De los delitos · Título segundo. Delitos contra el patrimonio · Subtitulo primero. Delitos contra la propiedad y posesión de bienes · Capítulo I. Robo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Comete el delito de robo, el que se apodera de una cosa ajena, mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella conforme a la ley.