CPDGO · Art. 213

Artículo 213 del Código Penal de Durango

Libro segundo. De los delitos · Título segundo. Delitos contra el patrimonio · Subtitulo primero. Delitos contra la propiedad y posesión de bienes · Capítulo IV. Fraude y exacción fraudulenta

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026

Comete el delito de exacción fraudulenta, quien por sí o por interpósita persona, a título de dirigencia, protección, gestoría o representación, sea cual fuere su naturaleza, engañando o

aprovechando la ignorancia o la necesidad de alguien, solicite y obtenga dinero o cualquier otra dádiva para sí o para otro, con la promesa de conseguir o facilitar del Gobierno o de cualquier entidad pública, algún empleo, actividad económica no asalariada, concesión, autorización, permiso, licencia, vivienda, local, sitio o área comercial, fraccionamiento urbano o suburbano, lote habitacional u otro de similar naturaleza, sin importar su denominación, cuando ello fuere ilícito; o se provoque una detentación, uso, disfrute o posesión de hecho sin la observancia de los procedimientos de ley.

A quien cometa el delito de exacción fraudulenta se le impondrán las penas a que se refiere el artículo anterior. Esas penas podrán aumentarse hasta en una tercera parte si el sujeto pasivo es menor de edad o incapaz o notoriamente ignorante.

El servidor público que participe o intervenga en la comisión de estas conductas, independientemente de que se le apliquen las penas a que se haga acreedor, será destituido de su cargo, inhabilitado hasta por diez años.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango)
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Pendiente de verificar

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  • 11 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 115 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('ARTÍCULO 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.
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Transitorios (32 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 213, Código Penal de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-213/

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