Artículo 346 del Código Penal de Durango
Libro segundo. De los delitos · Título quinto. Delitos contra el estado · Subtitulo cuarto. Delitos contra el servicio público cometidos por particulares · Capítulo I. Usurpación de funciones públicas, promoción de conductas ilícitas, cohecho y distracción de recursos públicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Al particular que en nombre de un servidor público solicite dinero, valores, servicios o cualquier otra dádiva o promueva una conducta ilícita de un servidor público o se preste para que éste o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a la responsabilidad inherente a su empleo, cargo o comisión, se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa de doscientas dieciséis a quinientas setenta y seis veces la Unidad de Medida y Actualización.
ARTICULO REFORMADO POR DEC. 59, P.O. 19 DE 5 DE MARZO DE 2017