Artículo 1.13 del Código Civil del Estado de México
Límite a los derechos
LIBRO PRIMERO. Parte General
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Los habitantes del Estado tienen obligación de ejercer sus actos, de usar y disponer de sus bienes, en forma que no perjudique al interés de la sociedad.