Artículo 1.16 del Código Civil del Estado de México
Ignorancia de la ley
LIBRO PRIMERO. Parte General
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El desconocimiento de las leyes a nadie aprovecha ni excusa su cumplimiento.
Los jueces interpretarán las normas según su texto y en relación con el contexto, los antecedentes de las partes, la realidad social al tiempo en que deben aplicarlas y atenderán fundamentalmente al espíritu y fines de la norma.