Artículo 2.16 del Código Civil del Estado de México
Composición del nombre de las personas jurídicas colectivas
LIBRO SEGUNDO. De las Personas · TITULO CUARTO. Del Nombre de las Personas
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El nombre de las personas jurídicas colectivas se forma con la denominación o razón social, asignada en el acto de su constitución o en sus estatutos.