Artículo 2.21 del Código Civil del Estado de México
Domicilio legal de las personas jurídicas colectivas
LIBRO SEGUNDO. De las Personas · TITULO QUINTO. Del Domicilio
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Las personas jurídicas colectivas tienen su domicilio legal en el lugar en donde se halle establecida su administración o a falta de éste, donde ejerza sus actividades.
Las sucursales que operen en lugares distintos de donde radica la casa matriz, tendrán su domicilio legal en esos lugares.