Artículo 2.18 del Código Civil del Estado de México
Domicilio presumible de las personas físicas
LIBRO SEGUNDO. De las Personas · TITULO QUINTO. Del Domicilio
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Se presume el propósito de establecerse permanentemente en un lugar, cuando se reside por más de seis meses en él, siempre y cuando no sea en perjuicio de terceros.