Artículo 4.18 Bis del Código Civil del Estado de México
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO PRIMERO. DE LA FAMILIA Y EL MATRIMONIO · CAPITULO II. De los derechos y obligaciones que nacen del Matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Para valorar económicamente el trabajo del hogar no remunerado, se considerarán, entre otros aspectos:
I.El tiempo dedicado a las labores domésticas y de cuidado;
II.El costo de servicios domésticos y de cuidado equivalentes en el mercado;
III.La renuncia, limitación o afectación en el desarrollo de oportunidades laborales, profesionales o académicas derivada de la realización de estas actividades; y
IV.Las responsabilidades asumidas en el cuidado y desarrollo integral de los miembros de la familia, particularmente hijos, hijas y personas dependientes.