Artículo 4.20 del Código Civil del Estado de México
Libertad entre los cónyuges para elegir su actividad
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO PRIMERO. DE LA FAMILIA Y EL MATRIMONIO · CAPITULO II. De los derechos y obligaciones que nacen del Matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Los cónyuges podrán desempeñar la actividad, ocupación, profesión u oficio que elijan, siendo lícitos.