Artículo 5.209 del Código Civil del Estado de México
Existencia de salida anterior
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEXTO. De las Servidumbres · CAPITULO V. De la Servidumbre Legal de Paso
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
En caso de que haya existido comunicación entre el inmueble y alguna vía pública, el paso sólo se podrá exigir al propietario del inmueble por donde últimamente lo hubo.