Artículo 5.211 del Código Civil del Estado de México
Derecho de recoger frutos de árbol
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEXTO. De las Servidumbres · CAPITULO V. De la Servidumbre Legal de Paso
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El propietario del árbol o arbusto contiguo al predio de otro, tiene derecho de exigir de éste que le permita hacer la recolección de los frutos que no se pueden recoger de su lado.