Artículo 5.27 del Código Civil del Estado de México
Beneficio al denunciante de bien vacante
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEGUNDO. Clasificación de los Bienes · CAPITULO V. De los Bienes Vacantes
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El denunciante recibirá la cuarta parte del valor catastral.