Artículo 5.6 del Código Civil del Estado de México
Muebles por su naturaleza
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEGUNDO. Clasificación de los Bienes · CAPITULO II. De los Bienes Muebles
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Son bienes muebles por su naturaleza, los que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya sea por sí mismos, o por efecto de una fuerza exterior.