Artículo 6.239 del Código Civil del Estado de México
Consentimiento para someter a arbitraje
LIBRO SEXTO. De las Sucesiones · TITULO QUINTO. Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentarias y Legítimas · CAPITULO IV. De los Albaceas e Interventores
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El albacea sólo con el consentimiento de los herederos puede comprometer en árbitros los asuntos de la sucesión.