Artículo 7.244 del Código Civil del Estado de México
Deudor interesado en el negocio
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO SEPTIMO. De las Diferentes Especies de Obligaciones · CAPITULO IV. De las Obligaciones Mancomunadas, Solidarias, Divisibles e Indivisibles
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Si el negocio por el cual se contrajo la deuda solidaria, interesa sólo a uno de los deudores, éste será responsable de ella ante los otros codeudores.